domingo, 26 de septiembre de 2010

¿A quién le podemos exigir el cambio de un electrodoméstico en garantía?


Hemos comprado una lavadora, un lavavajillas, un frigorífico, etc., y está en garantía. ¿Podemos exigir el cambio del aparato? Analicemos este caso: un frigorífico debe cambiarse en garantía pues no tiene reparación (problemas de aislamiento del mueble, sin posibilidad de reparación por el Servicio Técnico Oficial del Fabricante). Pero el distribuidor donde se compró el aparato ha cerrado, ya no existe. ¿Qué puedes hacer?

El artículo 10 de la Ley 23/2003, “Garantías en la venta de bienes de consumo”, dice lo siguiente:

 "Cuando al consumidor le resulte imposible o le suponga una carga excesiva dirigirse frente al vendedor por la falta de conformidad de los bienes con el contrato de compraventa podrá reclamar directamente al productor (fabricante del bien o importador) con el fin de obtener la sustitución o reparación del bien.
 El Fabricante o Importador responderá por la falta de conformidad cuando ésta se refiera al origen, identidad o idoneidad de los bienes de consumo, de acuerdo con su naturaleza y finalidad y con las normas que los regulan.
Quien haya respondido frente al consumidor dispondrá del plazo de un año para revertirlo al responsable de la falta de conformidad. Dicho plazo se computa a partir del momento en que se completó el saneamiento".

Eso significa que en proceso inverso, si es el vendedor quien resuelve una falta de conformidad del aparato, podrá revertir sus costes sobre el fabricante o importador, siempre que sea de su responsabilidad la falta de idoneidad del bien.

El resumen de este artículo es::

-El usuario puede reclamar, indistintamente, al Distribuidor que vendió el  aparato o al Fabricante ( o Importador, en su caso).
-El Fabricante  tiene que responder en los mismos plazos y condiciones de la garantía establecidos para el vendedor, en lo que se refiere a problemas en el aparato, en su diseño, en sus prestaciones, en su homologación y en el contenido de la publicidad, folletos de instrucciones, etc.
-Quien haya solucionado el problema al consumidor, podrá reclamar al responsable durante un año de la falta de conformidad, o sea que si el vendedor soluciona el problema, es el Fabricante, en definitiva, quien tendrá que hacerse cargo de su coste.

Así pues, si te encuentras en este caso, de cierre del Distribuidor, no dudes en dirigirte directamente alñ Fabricante, si es español o tiene representación en nuestro país, o al Importador en caso contrario.

Normalmente te dirigirás al Distribuidor en primer lugar, pues él responde de lo que vende y está obligado a atenderte, y luego, tras el cambio del aparato, puede trasladar todos los costes al Fabricante.

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